La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, cuyo anteproyecto de ley será aprobado por el Congreso este martes, incluye una referencia explícita sobre cómo entender el consentimiento en un acto sexual.
De este modo, el famoso ‘solo sí es sí’ será recogido en la reforma del Código Penal que supone esta norma. Entiende que no hay consentimiento cuando la víctima “no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto”.
El objetivo del texto es acercarse al Convenio de Estambul, que obliga que la regulación de los delitos sexuales se haga en base al consentimiento y no otros elementos. Hasta la fecha, se requiere violencia e intimidación para que haya agresión sexual, mientras que si no se dan dichos elementos, el hecho es considerado abuso.
La nueva ley terminaría con esta diferencia, por lo que todo acto sin consentimiento será considerado agresión sexual.
El caso de la manada
La controversia surgió cuando la Audiencia Provincial de Navarra condenó a los miembros de ‘La Manada’ por abuso sexual. Por su parte, el Tribunal Supremo, posteriormente, los condenó por agresión sexual. El caso abrió debate hasta el punto de que la por aquel entonces ministra de Igualdad, Carmen Calvo, anunció que ‘solo el sí es sí’ inspiraría una futura reforma.
“La especifica referencia que se hace en el Convenio de Estambul al consentimiento, como manifestación del libre arbitrio de la persona en función del contexto, deja clara la imposibilidad de interpretar una ausencia de resistencia física como tal voluntad, la misma debe manifestarse de forma expresa o deducirse claramente de las circunstancias que rodean al hecho“, sentenció el Supremo.