El Supremo impone penas de entre 9 y 13 años a los imputados en el juicio por el procés

Junauqeras y Turul se enfrentan a 13 y 12 años de cárcel, respectivamente

El Tribunal Supremo ha impuesto penas de entre 9 y 13 años de cárcel a los nueve imputads en el juicio por el procés. Oriol Junqueras, que ha recibido la pena más elevada, se enfrentará a 13 años de cárcel por sedición y malversación.

El resto de acusados, como los exconsejeros Raúl Romeva, Jordi Turul y Dolors Bassa, han sido condenados a 12 años de cárcel por sedición y malversación. Los otros dos, Josep Rull y Joaquim Forn, han sido absueltos del delito de malversación y se enfrentarán a 10 años y medio de prisión.

La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, también ha sido condenada a 11 años de prisión por sedición. Lo mismo que los miembros de ANC y Ómnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuxart.

Los tres procesados que afrontaron el juicio en libertad condicional (los exconsejeros Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs) han sido sentenciados a un año y ocho meses de inhabilitación especial. Además, deberán hacer frente a 10 meses de multas, del orden de 200 euros diarios.

El Tribunal ha descartado el delito de rebelión, el más grave de cuantos pedía la Fiscalía. El Supremo considera que, en otoño de 2017, se sucedieron “episodios indiscutibles de violencia”, aunque no cree que basten para condenar a los acusados de rebelión.

Plan secesionista sin violencia

“La violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines que animan la acción de los rebeldes”, apunta el tribunal. “Dicho con otras palabras, es violencia para lograr la secesión, no violencia para crear un clima o un escenario en que se haga más viable una ulterior negociación“, afirman desde la sala.

El tribunal presidido por Manuel Marchena ha asumido el delito de sedición, pues no ha habido actos de violencia como parte del plan secesionista. Aunque sí se considera que se ha movilizado a la ciudadanía “en un alzamiento público y tumultuario”. La sala señala que todos los acusados eran conscientes “de la manifiesta inviabilidad jurídica de un referéndum de autodeterminación”. A pesar de ello, se lo ofrecieron a la ciudadanía como “el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano”.

“Bajo el imaginario derecho de autodeterminación se agazapaba el deseo de los líderes políticos y asociativos de presionar al Gobierno de la Nación para la negociación de una consulta popular”, señala la Supremo.

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